1- Solicite todos los datos personales del conductor del otro
vehículo y de "los conductores" si hubiera más de un vehículo involucrado
(Nombre y Apellido, DNI, Teléfono y Domicilio).
2- Solicite los datos del otro vehículo (Marca, Modelo, Color,
Patente, Chasis, Motor, Compañía de Seguros y Número de Póliza).
3- En caso de haber personas lesionadas, recuerde que puede pedir
asesoramiento al teléfono de urgencias de la aseguradora y que deberá realizar
denuncia policial o exposición civil.
4- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para
declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y
podría ser rechazado.-
1- Deberá siempre efectuar denuncia policial o exposición civil.
2- Deberá contactarse lo antes posible con la oficina comercial
correspondiente, para recibir el asesoramiento correspondiente, respecto del
procedimiento a seguir.
3- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para
declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y
podría ser rechazado.
1- En caso de haber intervención de Bomberos, deberá solicitar
constancia que certifique el hecho.
2- En caso de poder movilizar la unidad, diríjase lo antes posible
a la oficina comercial correspondiente con el vehículo, para recibir
asesoramiento sobre el procedimiento a seguir.
3- En caso de no poder movilizar la unidad, diríjase personalmente
a la oficina comercial más cercana, con fotos de la unidad donde se divisen los
daños, para ser asesorado respecto del procedimiento a seguir.
4- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para
declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y
podría ser rechazado.
1- En caso de haber intervención de Bomberos, deberá solicitar
constancia que certifique el hecho.
2- Diríjase a la oficina comercial más cercana, con la constancia
de Bomberos correspondiente para ser asesorado respecto del procedimiento a
seguir.
3- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para
declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y
podría ser rechazado.
b. Robo
1- Deberá realizar la denuncia policial o exposición civil
correspondiente.
2- Diríjase a la oficina más cercana, con la denuncia policial
realizada, para ser asesorado respecto del procedimiento a seguir.
3- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para
declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y
podría ser rechazado.
c. Cristales
1- Comuníquese con nuestras oficinas o diríjase a la más cercana,
para ser asesorado de procedimiento a seguir.
2- En caso de contar con la cobertura, su cristal puede ser
reemplazado por la aseguradora. No debe solicitar la reposición sin antes
comunicarse con nosotros para que lo asesoremos.
3- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para
declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y
podría ser rechazado.
d. Reclamo de Terceros
1- Sólo en caso de recibir una Carta Documento por algún hecho
relacionado con su actividad familiar, deberá notificarnos a la brevedad
posible. Quedan excluidas situaciones del ámbito laboral o penal.
2- Un asesor le responderá a la brevedad posible, explicándole si
el hecho se encuentra comprendido o no, dentro de la cobertura de
Responsabilidad Civil contratada.
3- En caso de tratarse de un hecho cubierto, la aseguradora le
proveerá la asistencia legal correspondiente y cubrirá tanto gastos legales,
como sentencia, hasta la suma asegurada de la póliza.
4- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para
declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y
podría ser rechazado.
1- En caso de muerte accidental dentro del horario de la cobertura
contratada, los beneficiarios deberán presentarse con certificado de defunción
legalizado en la oficina comercial más cercana.
2- De haber intervención de la policía o bomberos, deberán
concurrir con la denuncia policial o exposición correspondiente.
3- En caso de no haber declaración de beneficiarios, los herederos
legales deberán concurrir con informe de sucesión (Declaratoria de Herederos),
dentro del cual será incluido el pago del siniestro.
4- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para
declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y
podría ser rechazado.
b. Accidente
1- Asistencia Médica: En caso de sufrir un accidente dentro del
horario de la cobertura, el accidentado podrá concurrir a un centro de atención
de manera privada y deberá solicitar factura por el pago realizado (Incluye:
facturas, recetas, troquel del medicamento, etc.) y certificado médico
correspondiente. La aseguradora reintegrará dicho monto una vez presentada la
documentación original. Recuerde que esta cobertura puede contar con franquicia
(monto a cubrir por el asegurado).
2- Invalidez: En caso de persistir algún tipo de invalidez, siendo
esta total y permanente, el accidentado será sometido a junta médica, donde se
evaluará el grado de invalidez y el valor correspondiente para la indemnización.
Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para declarar el hecho.
Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y podría ser rechazado
.
1- En caso de haber intervención de Bomberos, deberá solicitar
constancia que certifique el hecho.
2- Diríjase a la oficina comercial más cercana, con la constancia
de Bomberos correspondiente para ser asesorado respecto del procedimiento a
seguir.
3- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para
declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y
podría ser rechazado.
b. Robo
1- Deberá realizar la denuncia policial o exposición civil
correspondiente.
2- Diríjase a la oficina más cercana, con la denuncia policial
realizada, para ser asesorado respecto del procedimiento a seguir.
3- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para
declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y
podría ser rechazado.
c. Cristales
1- Comuníquese con nuestras oficinas o diríjase a la más cercana,
para ser asesorado de procedimiento a seguir.
2- En caso de contar con la cobertura, su cristal puede ser
reemplazado por la aseguradora. No debe solicitar la reposición sin antes
comunicarse con nosotros para que lo asesoremos.
3- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para
declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y
podría ser rechazado.
d. Reclamo de Terceros
1- Sólo en caso de recibir una Carta Documento por algún hecho
relacionado con su actividad comercial, deberá notificarnos a la brevedad
posible. Quedan excluidas situaciones del ámbito laboral o penal y reclamos
relacionados con fallas en la entrega del producto/servicio.
2- Un asesor le responderá a la brevedad posible, explicándole si
el hecho se encuentra comprendido o no, dentro de la cobertura de
Responsabilidad Civil contratada.
3- En caso de tratarse de un hecho cubierto, la aseguradora le
proveerá la asistencia legal correspondiente y cubrirá tanto gastos legales,
como sentencia, hasta la suma asegurada de la póliza.
4- Tiene un plazo máximo de 72hs corridas (no hábiles) para
declarar el hecho. Pasado ese plazo, el siniestro queda fuera de término y
podría ser rechazado.